Obligaciones de los supervisores en la seguridad en el trabajo

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Obligaciones morales y éticas

Las obligaciones legales de los supervisores están mencionadas en la legislación, manuales, estándares, prácticas y procedimientos de seguridad, sin embargo, también existen.

Los supervisores son el nexo entre la Gerencia y los colaboradores de una organización, ya sea esta pública o privada, como se menciona en la legislación Nacional, el supervisor puede ser profesional o técnico, también es una persona de confianza, a la que se le proporciona información y trato privilegiado, el supervisor con su comportamiento y forma de afrontar los problemas y el día a día transmite y comunica la Política de la organización.

Los supervisores de operación deben brindar en todo momento el ambiente de trabajo ideal, optimizado de acuerdo a los recursos de la Organización, primero para evitar los accidentes seguido de la busca de comodidad, tranquilidad y si fuese posible el confort de los colaboradores.

El ambiente de trabajo es importante, sin embargo, no es lo único que se debe proporcionar a los colaboradores, es igual de importante que la supervisión cree un clima de trabajo en el que el colaborador sienta confianza, tranquilidad, crear este clima es importante pues las personas se van a sentir identificadas con la Organización, van a comprometerse en el logro de los objetivos y metas.

La empatía, mucho se habla de ella, sin embargo, ¿cuántos somos empáticos realmente con nuestros colaboradores? empecemos preguntándonos y preguntando:

  • ¿Los colaboradores han descansado adecuadamente?
  • ¿Es adecuada y buena la alimentación en el centro de trabajo?
  • ¿La ropa de trabajo que usan está en buenas condiciones?
  • ¿Se planifica la tarea de tal manera que todos participen y no se recarga solo a una persona más trabajo que a los demás?
  • ¿Preguntamos a nuestros colaboradores de cómo va su trabajo? de cómo están en casa?
  • ¿Apoyamos las ideas y aportes de nuestros colaboradores o solo lo escuchamos para luego desecharlos?

Lo antes mencionado no es lo único que se debe tener en cuenta ni lo básico, más bien una forma de ver las obligaciones de los supervisores desde otro enfoque.

El supervisor es responsable de que el colaborador se sienta tranquilo en su puesto de trabajo; que no sea acosado; que tenga un descanso adecuado y en buenas condiciones; no descuidar su alimentación; proporcionarle tiempo de recreación y/o deporte; la vestimenta adecuada y en buenas condiciones; etc.

Teniendo en cuenta que el Gerente de una organización es el principal y primer supervisor, estas también son sus obligaciones; son morales y éticas pues son necesidades básicas que también se deben satisfacer.

Obligaciones legales de los supervisores

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Artículo 38.- Es obligación del supervisor.

  • Verificar que los trabajadores cumplan con el presente reglamento y con los reglamentos internos.
  • Asegurar el orden y la limpieza de las diferentes áreas de trabajo, bajo su responsabilidad
  • Tomar toda precaución para proteger a los trabajadores, verificando y analizando si se ha cumplido con la IPERC realizada por los trabajadores en su área de trabajo, al fin de eliminar o minimizar los riesgos.
  • Instruir y verificar que los trabajadores conozcan y cumplan con los estándares y PETS y usen adecuadamente el EPP apropiado para cada tarea.
  • Informar a los trabajadores acerca de los peligros en el lugar de trabajo.
  • Investigar las situaciones de un trabajador o un miembro del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional que son peligrosas.
  • Verifique que los trabajadores usen máquinas con las guardas de protección colocadas en su lugar.
  • Actuar inmediatamente frente a cualquier peligro que sea informado en el lugar de trabajo.
  • Ser responsable de su seguridad y de los trabajadores que trabajan en el área a su mando.
  • Facilitar los primeros auxilios y la evacuación del (os) trabajador (es) lesionado (s) o que esté (n) en peligro.
  • Verifique que se cumplan los procedimientos de bloqueo y señalización de las maquinarias que se encuentran en el mantenimiento.
  • Paralizar las operaciones de trabajo en situaciones de alto riesgo hasta que se haya eliminado o minimizado dichas situaciones riesgosas.
  • Imponer la presencia permanente de un supervisor en las labores mineras de alto riesgo, de acuerdo a la evaluación de riesgos. Los supervisores que participan en los incisos anteriores, así como las recomendaciones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional, los supervisores, los inspectores fiscales y / o los funcionarios de la autoridad minera competente u otra autoridad competente en materia de seguridad y Salud Ocupacional, saludos por su jefe inmediato o por el jefe de área correspondiente.

Esto es lo que dice la norma, y se debe tener cuidado en confundir las obligaciones de los supervisores de operación con las obligaciones y las responsabilidades de los Supervisores de Seguridad, las obligaciones son distintas y aunque también se le llame supervisor, el supervisor de seguridad tiene sus obligaciones mencionadas en la norma y que los artículos 38 y 39 del DS 024-2016-EM son las obligaciones de los supervisores de operaciones; responsables de los proyectos; gerentes de operación y de todo aquel profesional; técnico o cualquier otra persona que tiene a por lo menos a una persona bajo su mando y no a los profesionales de la seguridad ocupacional.

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